martes, 30 de marzo de 2010

AUTO DEL TSJ DE MADRID: LAS CONVERSACIONES ABOGADO-CLIENTE

Se ha hablado mucho sobre la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que está conociendo del caso Gürtel, de anular las conversaciones intervenidas que afectaban a la relación abogado-cliente, pero, sobre todo, he encontrado contrariedad, cuando no malestar, porque se ha instalado la idea de que, con esta resolución, los implicados en el caso se van a salir con la suya. Incluso he podido leer propuestas disparatadas, fruto de un calentón del momento, de que se admitan como prueba castigando al que lo ordenó. Digo bien lo del calentón porque no se ha meditado, en absoluto, las nefastas consecuencias que traería a cualquier ciudadano si se admitieran como prueba en un juicio las que se consiguieron omitiendo todas garantías legales. Pensemos, por ejemplo, en un registro domiciliario sin orden judicial y sin estar presente el inquilino, y en ese registro se encuentra un alijo de droga. ¿Quién garantiza que esa mercancía no la han colocado los agentes, con pocos escrúpulos y con ganas de incriminar a alguien, durante el registro? O ¿con qué grado de indefensión quedarían los ciudadanos ante registros arbitrarios?

¿Qué decir en los casos de interceptación de las escuchas telefónicas? ¿Quién no ha comentado telefónicamente asuntos no sólo personales, sino confesiones de haber cometido alguna ilegalidad como conducir borracho, bajarse películas o canciones del emule, injuriar o calumniar a alguien...? Pues si esto ocurre en conversaciones privadas y a buen seguro que a nadie le gustaría que saliese a la luz pública, con más motivo las mantenidas con el abogado defensor en un proceso penal, en la que entra en juego la presunción de inocencia y el derecho a no declararse culpable. Debiendo, por lo tanto, estar estas comunicaciones especialmente protegidas por nuestro ordenamiento jurídico, si es que queremos homologarnos con las democracias europeas.

Así en el seno del Consejo de Europa, nos podemos encontrar con el art. 93 de las Reglas Mínimas para el trato de los detenidos anexas a la resolución (73) 5 del Comité de Ministros, disponiendo que “Un inculpado debe, desde el momento de su encarcelamiento, poder elegir a su abogado o ser autorizado a solicitar que sea designado uno de oficio, cuando esta asistencia está prevista, y a recibir visitas de su abogado con vistas a su defensa. Debe poder preparar y suministrar a éste instruccionesconfidenciales, y poder recibirlas de él. Si lo solicita, deben concedérsele todas las facilidades para este fin. Debe poder recibir la asistencia gratuita de un intérprete en sus relaciones esenciales con la administración y con la defensa. Las entrevistas entre el inculpado y su abogado pueden hacerse al alcance de la vista pero no del oído, de manera directa o indirecta, de un funcionario de la policía o del establecimiento”. Basándose, entre otras disposiciones, en lo anteriormente mencionado, la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 2 de noviembre 1991 (TEDH 1991\54), declaró que “el derecho, para el acusado, de comunicarse con su abogado fuera del alcance del oído de un tercero, figura entre las exigencias elementales de un proceso equitativo en una sociedad democrática y deriva del artículo 6.3 c) del Convenio. Si un abogado no pudiera entrevistarse con su cliente sin tal vigilancia y no pudiera recibir de él instrucciones confidenciales, su asistencia perdería mucha de su utilidad, cuando el fin del Convenio consiste en proteger derechos concretos y efectivos (véase Sentencia de 13 de mayo de 1980 [TEDH 1980, 4]”. Incluso respondiendo ante la alegación de posible “confabulación” de las defensas, que “tal eventualidad, a pesar de la gravedad de las infracciones que se reprochaban al demandante, no podría justificar la restricción litigiosa, y no se ha indicado ninguna razón suficientemente convincente. No hay nada de extraordinario en que varios defensores colaboren para coordinar su estrategia”.

Por otra parte, como quiera que los medios de comunicación parecen más interesados en vender polémicas y no la realidad de los hechos, es fácil encontrar opiniones erróneas en lo referente a los letrados implicados en la trama de Gürtel. De hecho, si se hubieran molestado en echarle siquiera un vistazo al auto dictado por el TSJ de Madrid, verían que no se niega la posibilidad de intervenir las conversaciones en esos casos, sino que el motivo por el que también las declaró ilícitas, en resumidas cuentas, fue porque “la posible integración de esos indicios de la participación de este Letrado en la actividad delictiva con los datos que en ese momento constaban en las actuaciones resulta insuficiente”.

Por último, aunque se hayan anulado las conversaciones, como afirmó el Fiscal General del Estado, hay más pruebas que obran en la causa como para proseguir, de lo contrario sería completamente improcedente haber ordenado la prisión provisional (arts. 502.4 y 503.1.1º LECrim). Hasta el propio Garzón reconoció que “nunca fueron lo más relevante”. Por cierto, sería de esperar que, al menos, cuando lo autorizó esperara encontrar alguna información relevante como para justificar la afectación del derecho fundamental de defensa, porque, de lo contrario, no habría duda alguna de que prevaricó.

Auto TSJ Madrid escuchas telefonicas

jueves, 18 de marzo de 2010

LA PRENSA DEPORTIVA Y PELLEGRINI

Hoy me voy a desmarcar de la temática habitual en este blog hablando sobre el Real Madrid, en concreto sobre la persecución mediática que tienen montada contra Manuel Pellegrini. Sin duda alguna, la prensa deportiva española (no sé cómo son las del resto del mundo) es la más peligrosa, sectaria y corrosiva de todas. Abusan de su poder para forzar destituciones o dimisiones de entrenadores, Presidentes o quien se ponga a tiro. Para que un profesional del fútbol no corra peligro de no ser mediáticamente apaleado y acosado, le tienen que salir las cosas perfectas desde el primer momento. Estas son las conclusiones que he sacado después de los artículos y opiniones que vierten sobre el entrenador del Real Madrid, Manuel Pellegrini. Un entrenador que me merece todo mi respeto por los éxitos deportivos logrados en su andadura en el Villareal.

Al entrenador chileno, pese a estar haciendo una muy buena temporada liguera, con unos registros difíciles de superar, va a acabar siendo destituido si no consigue ganar la Liga porque Florentino Pérez va a acabar cediendo a la presión mediática, lo que personalmente constituirá un grave error, sencillamente porque los proyectos deportivos no deben construirse a corto plazo. Por mucho dinero que se gaste en traer a los mejores jugadores lo que ha de hacer un entrenador es un equipo. Pero para para ello se ha de cambiar la mentalidad que predomina en el fútbol español que es que el presidente ficha y el entrenador sólo se encarga de hacer la alineación y, si salen mal las cosas, se le entrega el finiquito al mister. Por el contrario, un equipo debe bascular en torno al entrenador, como ocurre en la Liga inglesa, en el que los fichajes y las ventas las decide el que se sienta en el banquillo.

Este problema que acucia al fútbol español, es aún mayor en los dos grandes equipos, Real Madrid y F. C. Barcelona. Particularizando en el club capitalino, la presión es tal que lleva a sus dirigentes a tomar decisiones imprudentes como no contratar un entrenador que planifique la plantilla a su criterio y dándole un margen razonable de maniobra. Por eso, desde que Florentino Pérez echó a Del Bosque (noviembre de 1999 a junio de 2003) el equipo ha tenido actuaciones bastante mediocres, logrando, si la memoria no me falla, dos Ligas y una Supercopa de España. Pero para conseguir estos pobres resultados han desfilado demasiados inquilinos del banquillo (Queiroz, José Antonio Camacho, García Remón, Luxemburgo, López Caro, Capello, Schuster, Juande Ramos y Pellegrini). ¡Nueve técnicos en siete años!. Con este promedio, ¿a ninguno de los sesudos periodistas, como José Vicente Hernáez, les hace pensar que el problema del club no es el entrenador de ahora? Por cierto, ya que menciono al señor Hernáez, sesudo opinador del diario Marca, ¿por qué un señor tan listo como él, que ha llegado a dudar de la formación profesional del chileno, no se ha dedicado a entrenar? ¡Ganaría títulos, dinero y prestigio! ¿O es que va resultar que es un cobarde?

A veces pienso que la prensa deportiva tiene que hacer algo para vender, y si no venden una tragedia griega, no están contentos, así que, mientras que el Barça esté con la aureola de los títulos conseguidos el año pasado, al que tienen que machacar es al Real Madrid personalizándolo en su entrenador. Da igual que esté haciendo una temporada liguera fantástica o que la eliminación de la Liga de Campeones fuera inmerecida por las ocasiones que tuvieron para pasar de ronda, el objetivo es buscar cualquier excusa para poner a alguien en la picota. Por eso, los primeros en estar en contra de que en la planificación de los equipos predomine la cordura son los propios periodistas.

viernes, 12 de marzo de 2010

LAS FEMINISTAS RADICALES OTRA VEZ A LA CARGA


Con motivo de que el Magistrado Francisco Serrano, titular de uno de los Juzgados de Familia de Sevilla asistió hoy a una jornada organizada por el Colegio de Abogados de Oviedo (véase la noticia), titulada "la discriminación en la Ley de Violencia de Género y su incidencia en los procesos de familia", el Gobierno del Principado de Asturias, a través de la directora del Instituto Asturiano de la Mujer, María Fernández Campomanes, y el Colectivo de Abogadas para la Igualdad, han censurado al Colegio al que pertenezco por el hecho de invitar a un magistrado para dar una charla. Claro, pero como Su Señoría no comulga con el pensamiento políticamente correcto, hay que vetarlo. Algo muy democrático, entiéndase la ironía.

En democracia, lo normal es que exista discrepancia y que se haga de manera natural y respetuosa, pero lo que un demócrata nunca debe hacer es atacar al que disiente de su opinión, como considerar su opinión una soflama ideológica sin ningún rigor jurídico. Estas que intentan practicar la censura en una democracia, deberían tener un poco de respeto hacia las demás personas, al menos para dar un poco el pego a su, más que segura, afirmación de que son demócratas de toda la vida.

En fin, para que les quede más claro, estos intentos de censurar y de reprimir opiniones contrarias, es cuanto menos demencial y despreciable, que es lo que hacen los dictadores y sus secuaces. Y no me extrañaría, para nada, que ahora el Gobierno del Principado de Asturias tomara represalias, como retrasar aún más el pago a los letrados que prestan sus servicios en el turno de oficio.


Artículo relacionado:
CRITICA A LA OPINION DE ANA MARIA PEREZ DEL CAMPO

lunes, 8 de marzo de 2010

LA POLEMICA SOBRE LA PROHIBICION DE LAS CORRIDAS EN CATALUÑA

La polémica levantada en relación a la iniciativa legislativa popular (ILP) para que se prohiban las corridas de toros en Cataluña, que se está tramitando en el Parlamento catalán, ha trascendido más allá de una simple disputa entre taurinos y antitaurinos, saltando de lleno a la arena política. En efecto, ahora, y más desde que las Comunidades de Madrid, Valencia y Murcia, han decidido declarar las corridas de toros bienes de interés cultural, la discusión es si se quiere prohibir por la defensa de los animales o por sus connotaciones españolistas.

Como en toda polémica de tintes políticos, los medios de comunicación tienen un papel muy relevante, puesto que están más interesados en vender noticias, aunque sean manipuladas, que ofrecer la verdad. Así se entiende que tardasen tiempo los medios de comunicación de ámbito nacional en referirse a la prohibición decretada por la Ley canaria 8/1991, de 30 de abril, de protección de los animales, de utilizar "animales en peleas, fiestas, espectáculos y otras actividades que conlleven maltrato, crueldad o sufrimiento", salvo la peleas de gallos en donde tradicionalmente se hubiera celebrado (art. 5). Pero ahora nos encontramos que se intenta fundamentar el antiespañolismo de la medida en que con la ILP sólo se pretende prohibir el maltrato animal de las corridas de toros y no los tradicionales correbous, y como hace tiempo que cuestiono todo lo que dicen los medios de comunicación, he decidido ver la iniciativa legislativa con mis propios ojos.

La ILP pretende modificar el artículo 6 del Texto refundid de la Ley de protección de los animales, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril. Actualmente la redacción actual es la siguiente:

Artículo 6. Prohibición de peleas de animales y otras actividades.

6.1 Se prohíbe el uso de animales en peleas y en espectáculos u otras actividades si les pueden ocasionar sufrimiento o pueden ser objeto de burlas o tratamientos antinaturales, o bien si pueden herir la sensibilidad de las personas que los contemplan, tales como los siguientes:

  1. Peleas de perros.

  2. Peleas de gallos.

  3. Matanzas públicas de animales.

  4. Atracciones feriales giratorias con animales vivos atados y otras asimilables.

  5. Tiro al pichón y otras prácticas asimilables.

6.2 Quedan excluidas de estas prohibiciones:

  1. La fiesta de los toros en las localidades donde, en la fecha de entrada en vigor de la Ley 3/1988, de 4 de marzo, de protección de los animales, hubiera plazas construidas para su celebración, a las que se debe prohibir el acceso a las personas menores de catorce años.

  2. Las fiestas con novillos sin muerte del animal (correbous) en las fechas y localidades donde tradicionalmente se celebran. En estos casos, está prohibido inferir daños a los animales.

6.3 Se prohíbe matar, maltratar, causar daños o estrés a los animales utilizados en producciones cinematográficas, televisivas, artísticas o publicitarias, de modo que el derecho a la producción y la creación artísticas, cuando se desarrolle dentro de un espectáculo, queda sujeto a las normas de policía de espectáculos, tales como pueden ser la previa autorización administrativa. La difusión audiovisual de este tipo de producciones queda restringida a horarios en que no puedan ser observadas por menores y herir su sensibilidad.

Si se aprobase el artículo primero de la ILP, se añadiría al 6.1, la letra f):
"Las corridas de bravos y los espectáculos con bravos que incluyan la muerte del animal y la aplicación de las «suertes» de la pica, las banderillas y el estoque, así como los espectáculos taurinos de cualquier modalidad que se celebren en las plazas de bravos o fuera de ellas, a excepción de las fiestas con bueyes a qué se refiere la letra b) del segundo apartado del artículo 6."

El artículo segundo suprimirá, de aprobarse, la letra a) del apartado segundo del artículo 6.

Con todos estos mimbres que cada uno se haga su propia composicion de lugar.

jueves, 4 de marzo de 2010

MANIPULACION POR PARTE DE LA PLATAFORMA PRO GARZON


Dentro de la campaña de descrédito de nuestras instituciones, la izquierda subvencionada, que tanto demonizaba a la derecha cuando hace lo mismo (véase los conspiranoicos de El País), ha montado una plataforma para apoyar al Juez Garzón basada en la manipulación. En esta página web han colgado el siguiente manifiesto:

El juez Baltasar Garzón ha ejercido una justicia de forma continuada y valiente durante veinte años en la Audiencia Nacional, comprometida con la defensa de los derechos humanos en España y en el mundo contra dictadores, terroristas, corruptos y enemigos de la democracia.
El juez Baltasar Garzón ha sido uno de los principales promotores del desarrollo en España del principio de Justicia Universal.
El juez Baltasar Garzón es víctima de una campaña promovida por sectores de extrema derecha, Falange Española y Manos Limpias, con una sorprendente connivencia de algunos sectores progresistas.
El proceso contra el juez Baltasar Garzón es en realidad un juicio sumario contra los defensores de la Democracia, la Justicia y los Derechos Humanos y a favor de la impunidad de crímenes muy graves de carácter internacional.
El juez Baltasar Garzón está siendo juzgado por una sala del Tribunal Supremo en la que la mayoría de sus miembros juraron lealtad al Movimiento Nacional del franquismo.
Una sentencia adversa al juez Baltasar Garzón, tras agotar las instancias judiciales españolas, acabaría probablemente con una superior sentencia condenatoria del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra el Estado español.
El juez Baltasar Garzón representa el modelo de justicia basado en la defensa de los Derechos Humanos conforme con su Derecho Internacional que millones de ciudadanos y víctimas reclaman en todo el mundo.
Ya en 2008 el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas recomendó al Estado español la derogación de la preconstitucional Ley de Amnistía de 1977.
Este caso vuelve a demostrar la necesidad de la Justicia Internacional. Incluso España, el país que intentó procesar al dictador Pinochet, es incapaz de juzgar su propia dictadura. Y quien lo intenta, es juzgado por ello.


Esta manipulación interesada es para conseguir probablemente que el caso Faisán no caiga en otras manos, si no es así no entiendo que unos que presumen de ser demócratas y que respetan el Estado de Derecho desacrediten tanto la actuación de unos jueces y que obvien buena parte de los hechos que están recogidos en el auto dictado por el Magistrado Varela y en el Recurso de Apelación presentado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Con sólo apreciar que Garzón, para entorpecer el recurso de apelación presentado por la Fiscalía, modificando las Diligencias Previas en Sumario, pretendió aplicar el régimen de recursos de este último procedimiento -implica que previamente se tiene que presentarse recurso de reforma, que lo resuelve el instructor, antes que la apelación-, es más que suficiente como para procesarlo por prevaricación.

Para el interesado en saber más sobre el caso, puede ver:
SOBRE LA CAUSA CONTRA GARZÓN (PARTE I)
SOBRE LA CAUSA CONTRA GARZÓN (PARTE II)
LA FISCALIA CAMBIA DE OPINION CON RESPECTO A GARZÓN



lunes, 1 de marzo de 2010

LOS CONSPIRANOICOS DE EL PAIS


Ayer El País tuvo la desfachatez de titular de la siguiente manera: "Jueces aupados por el PP decidirán sobre Camps, Gürtel y Garzón". En su campaña para la defensa del ínclito Garzón, están llegando a unos extremos peligrosos de cuestionamiento del Estado de Derecho y la independencia del poder judicial. Está utilizando el mecanismo del bulo para cuestionar con el doble propósito de sembrar dudas sobre la instrucción procesal y, llegado el caso, tratar de salvar la cara frente a una sentencia posiblemente condenatoria del Juez Garzón que les dejaría en evidencia. Por eso no tienen reparos en cuestionar y mancillar a las instituciones democráticas sugiriendo la posible imparcialidad de los magistrados del Tribunal Supremo.

Con esta táctica de desprestigio están decididos a añadir falsedad a la falsedad e ignominia a la ignominia. ¿Acaso no hay falsedad en omitir de manera deliberada ciertas actuaciones del juez Garzón? ¿Acaso no hay ignominia en el titular de la noticia de ayer? El diario El País no tiene reparos en engañar a sus lectores para conseguir salvar la cara a Garzón, incluso echando basura sobre los magistrados del Tribunal Supremo, que es, en definitiva, un desafío a las instituciones democráticas y al funcionamiento del sistema constitucional.

Algunas de las expresiones que acabo de utilizar las he cogido prestadas del propio diario del grupo PRISA, como "el mecanismo del bulo", "para cuestionar con doble propósito de sembrar dudas sobre la instrucción procesal y... tratar de salvar la cara frente a una sentencia" y "no tienen reparos en cuestionar y mancillar a las instituciones democráticas", "están decididos a añadir falsedad...ignominia" y "desafío a las instituciones...sistema constitucional", de su editorial del 1 de noviembre de 2007, titulado "el fin de la infamia" en el que criticaban de manera contundente a algunos medios de comunicación y al PP por su posición con respecto al 11 M. Pero quién te ha visto y quién te ve, los que antes acusaban a otros de conspiranoicos, son los que ahora se suben al carro de la teoría de la conspiración.

Artículos de interés:
SOBRE LA CAUSA CONTRA GARZÓN (PARTE I)
SOBRE LA CAUSA CONTRA GARZÓN (PARTE II)
LA FISCALIA CAMBIA DE OPINION CON RESPECTO A GARZÓN