jueves, 29 de julio de 2010

EL PARLAMENTO CATALAN PROHIBE LOS TOROS

Como todos sabéis ayer el Parlamento catalán aprobó prohibir las corridas de toros en Cataluña, gracias a una Iniciativa Legislativa Popular presentada por los antitaurinos. Para empezar, como ya hiciera en el artículo en el artículo del 15 de septiembre de 2008, voy a volver a manifestar que no me gustan las corridas de toros, nunca me gustaron, y nunca me educaron para ello. Así que vaya por delante que no me importaría nada que un día dejase de haber corridas en España, pero, dicho esto, quisiera dar unos cuantos tirones de orejas.

El primero de ellos es a los propios antitaurinos que se empeñan en equiparar a los toros a nuestra especie, concediendo derechos que no pueden ejercer porque al ser animales que no tienen pensamiento no tienen libertad para ejercitarlos, actuando sólo conforme a su instinto. También consideran el espectáculo como cruel, puede ser que lo sea, pero, desde luego, no se puede equiparar a la que existe en el mundo salvaje, en el que se puede ver, por ejemplo, a leones matando a cachorros para poder aparearse con su madre; a carnívoros cazando al más débil, y si en el uno contra uno el cazador tiene las de perder trae compañía para que la caza sea un éxito; todo esto sin contar con que si no les hace falta matar a la presa para comérselo, no tienen reparos en devorarlo vivo.

Es verdad que la comparación es odiosa, porque lo primero es un entretenimiento organizado por animales racionales y lo segundo es el instinto de supervivencia de los carnívoros, que si no matan no viven. Pero no cabe duda que es debido a otra crueldad asentada a lo largo de los siglos como es tener animales domesticados, a los que privamos de su condición natural de vivir en libertad para seguir los dictados de sus instintos, en los que los más fuertes son los que procrean perfeccionando la especie.

En cuanto a los toros de lidia tienes características físicas y temperamentales más propias de los bóvidos salvajes, y con las corridas, en los que los toros más bravos son indultados y recompensados con la posibilidad de aparearse con las vacas que quieran, consiguiendo, de esta manera, perpetuar el código genético de un animal fuerte. También he escuchado que drogan a los toros para las corridas, pero de ser así no lo deben hacer muy bien porque los hay que llegan a herir mortalmente a los toreros, y, los que no llega a estos extremos, acaban con frecuencia en el hospital como José Tomás.

Otras de las crueldades que nunca se mencionan por parte de los partidarios de los derechos de los animales, es la castración de los animales de compañía a los solos efectos de que la convivencia con los humanos sea más cómoda.

Por último, me parece una profunda hipocresía que este colectivo que con tanto denuedo defienden los derechos de los animales, no hagan lo mismo con los derechos de los concebidos no nacidos. ¿Cómo se come esta disparidad de criterios? ¿Cómo se puede defender que los animales no sufran torturas y no digan nada con respecto al aborto, que a fin de cuentas es la muerte de un ser humano vivo indefenso, que intenta infructuosamente escapar del instrumental médico que pretende acabar con su vida? Pues la respuesta es fácil, los movimientos pro derechos de los animales es una justificación para seguir haciendo caja con subvenciones de todo tipo. Si estoy equivocado que se movilicen con la misma fuerza por los derechos del feto, que son de nuestra misma especie.

El segundo tirón de orejas se lo lleva el Partido Socialista que permitió la libertad de voto en este tema cuando no hizo lo mismo en el tema del aborto. Me podrían decir que fue una decisión del PSC y no del PSOE, pero dentro del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso están los diputados de aquel partido, y no dijeron nada al respecto.

El último tirón de orejas le corresponde a los políticos nacionalistas catalanes que votaron a favor de la prohibición, que no lo hicieron por evitar espectáculos crueles, que, de ser así, habrían hecho lo mismo con los correbous. Su motivación principal es prohibir lo que ellos consideran una fiesta española, pero no porque estén en contra de España, porque les trae al pairo España, Catauña y la cultura catalana, sino por la sencilla razón de que quieren buscar cualquier cosa que les garantice seguir otros cuatro años más en el poder.


Artículo relacionado:
LA POLEMICA SOBRE LA PROHIBICION DE LAS CORRIDAS EN CATALUÑA

lunes, 12 de julio de 2010

ESPAÑA CAMPEONA DEL MUNDO














Ayer, la selección española de fútbol se proclamó campeona del mundo, dos años después de haber conseguido el europeo en Viena. Al final, en la elástica roja, encima del escudo, se llevará la estrella que acredita su nueva condición, después de tantos sinsabores y decepciones, llegando a instaurarse en el imaginario nacional la maldición de cuartos. Pero, al fin, esta generación de futbolistas han conseguido que los españoles nos echemos a la calle de felicidad y de orgullo, con un triunfo, por cierto, bastante sufrido.

En efecto, el camino de nuestros jugadores hacia la conquista del cetro mundial de fútbol no fue, desde luego, un camino de rosas, empezando su participación en Sudáfrica con una derrota ante Suiza, que, aunque jugó bien, no tuvo la fortuna de romper la muralla helvética, y de la que llovieron críticas que, en algunos casos, fueron irrazonables y estúpidas como ocurrió con las que se vertieron por causa de la relación de Casillas con Sara Carbonero. Por fortuna en la primera fase se remontó el vuelo con dos victorias frente a Honduras y Chile. En la fase eliminitoria, se ganó a Portugal, Paraguay y Alemania por 1-0, sobre todo con mucho oficio y con un encomiable trabajo en equipo en el que todas las líneas tuvieron una actuación sobresaliente, pero tuvimos que esperar en todas las ocasiones a perforar la portería contraria en la segunda parte. Tampoco quisiera olvidarme de mencionar que cuando se señaló el penalti cometido por Piqué, se me vino a la mente la maldición de cuartos, pese a que hace dos años pasamos de esta fase ante Italia, aunque fue en un Europeo que ya habíamos ganado con anterioridad en 1964, también es cierto que en el Mundial de 1950 quedamos cuartos. No obstante, el paradón de Casillas y el tanto de Villa con sus tres palos, nos dio el pase a la siguiente ronda. Posteriormente, en las semifinales ante una Alemania que había goleado a Argentina por 4-0, se ganó por la mínima pero sin dejarles prácticamente hacer su juego, incluso Puyol marcó el gol a la alemana.
Punto aparte, fue la final, no sólo por ganarla sino por la táctica utilizada por la anteriormente conocida como Naranja mecánica, que, desde ayer, deberían cambiar el apodo por la "Naranja asesina", "los matones del tulipán" o los "macheteros de naranja", porque su actuación fue criminal empezando con la coz que De Jong propinó a Xabi Alonso que quedó en una simple amarilla cuando debió ser roja directa. Como Johan Cruiff afirmó el día de hoy, en el Periódico de Cataluña, el juego del combinado de su país fue "feo, ramplón, duro, hermético, poco vistoso y poco futbolístico". Y, de paso, aprovecho para censurar el mal perder de los jugadores holandeses como Sneijder y Robben que no han tenido la vergüenza de callarse y se han atrevido a decir que el árbitro les robó el partido porque consideran que a Puyol debio ser expulsado antes de acabar los 90 minutos, pero me voy a remitir a lo que su compatriota Cruiff dijo del árbitro Howard Webb que "se puede arbitral mal, equivocarte, pero lo que no se puede es crear tu propia justicia y, peor aún, inventarte una aplicación demasiado personal del reglamento", añadiendo que el árbitro "no sólo dejó de expulsar a dos holandeses (incluso Robben mereció la segunda amarilla)". Desde luego, si el árbitro hubiera hecho bien su trabajo, Holanda no habría sido la beneficiada de la decisiones arbitrales visto el juego sucio que ha defendido el seleccionador holandés, Van Marwijk, como medio para lograr la victoria, aunque no sea su estilo.

Otro de las curiosidades de este mundial es la demostración de hasta dónde llegan las supersticiones, agarrándonos a estadísticas, a las causalidades e incluso a los cefalópodos adivinos para conseguir los augurios que mejor se acomoden a nuestros deseos e ilusiones. Por cierto, hablando de casualidades, comentar que en marzo de 2008 nació mi primera sobrina y en abril de este año, mi segundo sobrino. ¿Tendrá algo que ver?

¡¡¡ENHORABUENA A LOS NUEVOS CAMPEONES DEL MUNDO!!!
¡¡¡VIVA ESPAÑA!!!

jueves, 8 de julio de 2010

CUIDADO CON LAS FACTURAS DE ELECTRICIDAD

Desde estas líneas quisiera advertir del envío por parte de, al menos, una compañía eléctrica, HC energía, del grupo edp, de una factura, aprovechando el alta automática en el bono social a los clientes domésticos con potencia inferior a 3kw, con fecha de 30 de junio de 2010, cobrando los períodos comprendidos entre diciembre y junio de 2010, que ya fueron abonados con las facturas correspondientes en su momento. Con lo cual nos encontramos con que se pretende cobrar dos veces por el mismo servicio, algo que está vedado por la legislación vigente, así podemos referirnos al art. 1895 del Código Civil, que declara que "cuando se recibe alguna cosa que no había derecho a cobrar, y que por error ha sido indebidamente entregada, surge la obligación de restituirla". Incluso, el siguiente precepto, habla de que quien acepta un pago indebido de mala fe, "deberá abonar el interés legal cuando se trate de capitales, (...). Además responderá de los menoscabos que la cosa haya sufrido por cualquier causa, y de los perjuicios que se irrogaren al que lo entregó, hasta que la recobre."

Así, por ejemplo, la sección 3ª de la Audiencia Provincial de Granada, en Sentencia de 16 de enero de 2002 (Id. Cendoj 18087370032002100928) recuerda "el principio: de que nadie puede cobrar dos veces por la misma prestación; así se veda un enriquecimiento sin causa, que según algunas Sentencias del T.S., así de 15-4-1991 y de 30-12-1993, se configura, "como un criterio de equidad en la interpretación y aplicación de las Leyes". O en otro caso, la sección 1ª de la Audiencia de Cantabria, en Sentencia de 15 de noviembre de 2000, manifiesta que, aunque el acreedor pueda dirigirse "simultáneamente contra los dos presuntamente obligados; aunque, obvio es decirlo, no podría en ningún caso cobrar dos veces, dado que la obligación es única y el pago por cualquiera de los deudores extinguiría la obligación".

Por lo tanto, si hay otro cliente de una compañía eléctrica que pretenda cobrarle dos veces por el mismo servicio, aunque, en la segunda factura venga con el descuento del ahorro del bono social, deben, en primer lugar, ponerlo en conocimiento de su compañía, ya sea por medio de teléfono o por correo electrónico, teniendo, a ser posible, las facturas delante que acrediten que ya fueron abonadas en su momento, fijándose en especial en los períodos en los que se realizaron las lecturas. Asimismo, para evitar adelantar pasos, den la orden a la entidad bancaria de que no lo carguen en cuenta o devolverlo si el recibo ya ha sido cobrado.

También comentar la posibilidad de denunciarlo a la oficina de Consumo de la Administración autonómica para que incoe el oportuno expediente sancionador, que, en el caso de Asturias, podría, de acuerdo con la ley autonómica 11/2002, de 2 de diciembre de 2002, de consumidores y usuarios, constituir una falta grave por concurrir perjuicio económico como resultado de la causación de una situación que conduzca a engaño (art. 35.f en relación con el art. 39.3 de la citada ley). Entiendo que hay engaño porque saben perfectamente qué es lo que han cobrado a cada cliente y por qué conceptos porque deben de tener en su base de datos esa información, al menos durante cinco años.

martes, 6 de julio de 2010

LA LEY DEL ABORTO Y LA NEGATIVA DE ALGUNAS CCAA

Como la prensa ha informado, la Ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, conocida como ley del aborto, ha entrado en vigor este lunes, trayendo como reacciones las de la Región de Murcia y la de Navarra que han afirmado que no van a aplicarla. Por ejemplo, el Presidente murciano, Ramón Luis Valcárcel, dijo que no hay razones para acatarla debido a que el Tribunal Constitucional no ha decidido sobre los recursos de inconstitucionalidad planteados por, al menos, 50 diputados populares y por el Gobierno navarro.

Con carácter previo, voy a reiterar mi oposición a la ley del aborto, no sólo por cuestiones éticas sino que también por motivos jurídicos, que quedan bien recogidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional 53/1985 (véase las justificaciones falaces de la reforma de la ley del aborto), afirmando de manera tajante que los derechos de la madre no pueden prevalecer de manera incondicional sobre el nasciturus, “dado que dicha prevalencia supone la desaparición, en todo caso, de un bien no sólo constitucionalmente protegido, sino que encarna un valor central del ordenamiento constitucional”. Con lo que, si el Tribunal Constitucional, no cambia de doctrina, declarará inconstitucional la referida ley.

Dicho esto, por el principio de que todas las leyes aprobadas después de la aprobación de la Constitución se presumen constitucionales, aunque no gusten o sean clamorosamente inconstitucionales, se han de aplicar en su totalidad hasta que el Tribunal Constitucional no decida suspender su aplicación o, en su momento, declararlos inconstitucionales, so pena de incurrir en prevaricación.

jueves, 1 de julio de 2010

OPINADORES METIENDO LA PATA HASTA EL CORVEJON

La polémica suscitada en torno a la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña está dando la oportunidad a algunos opinadores profesionales, que participan en tertulias televisivas y radiofónicas, para meter la pata hasta el fondo en temas que desconocen por completo. En lugar de tener la humildad suficiente como para prevenir a los espectadores y radioyentes de sus escasos conocimientos en la materia, vierten doctrina, pasando seguidamente a lanzar acusaciones a quienes no han actuado según su entender. Este fue el caso, si no me equivoco, de Justino Sinova en la tertulia política de Herrera en la Onda de hoy jueves, quien no tuvo reparo alguno en acusar a los políticos catalanes de no tener la suficiente responsabilidad y visión histórica por no retrasar el referéndum hasta que el Tribunal Constitucional se pronunciara, que es lo que, según él, el sentido común reclama.



Todo esto queda muy bonito si se desconoce por completo la realidad jurídica, pero si se tuviera unas mínimas nociones de Derecho constitucional o, en su defecto, se hubiera molestado en leer el Título IV del anterior Estatuto, el art. 151 de la Constitución y el art. 33.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, sabría que para que se pueda interponer un recurso de inconstitucionalidad es preciso que la ley se publique en el Boletín Oficial del Estado y para ello se requiere que el nuevo Estatuto de Autonomía sea refrendado por el cuerpo electoral. Pero, claro, lo más cómodo, y a su vez irresponsable porque no se trata de una tertulia de un bar, es lanzar acusaciones gratuitas sin fundamento, como si no hubiera motivos más que de sobra para criticar a los políticos.

Este tipo de listillos que se ponen delante de una cámara o detrás de un micrófono son los que intoxican a la opinión pública, y así no es de extrañar que, por ejemplo, se pueda encontrar a personas que tienen ideas equivocadas con las funciones del Rey. Por eso recomiendo a los internautas que desconfíen por completo con las informaciones y opiniones emitidas desde los medios de comunicación, y, en la medida de lo posible, con la ayuda de Internet, busquen por sí mismos las fuentes, evitando que sean otros los que piensen en su lugar.